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Expiden condiciones para explorar y explotar hidrocarburos en yacimientos convencionales

02 de Septiembre de 2014

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Las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos convencionales continentales y costa afuera deberán observar los estándares y las normas técnicas nacionales e internacionales, especialmente las recomendadas por el AGA, API, ASTM, NFPA, Ntcicontec, Retie o aquellas que las modifiquen o sustituyan, señaló el Ministerio de Minas y Energía, en el Decreto 1616 del pasado 28 de agosto.

 

De acuerdo con esta norma, dichas actividades están sujetas a las disposiciones sobre protección de los recursos naturales, medioambiente, salubridad y seguridad industrial, así como al Convenio 174 de la OIT.

 

En un año, el Ministerio de Minas y Energía deberá revisar, ajustar y/o expedir las normas técnicas los y procedimientos que, en esta materia, observarán los operadores de bloques autorizados por la Agencia Nacional de Hidrocarburos y los demás contratos vigentes o los que se suscriban.

 

Dichas normas tendrán que ser respetadas sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones ambientales establecidas por las autoridades competentes.

 

Para la expedición de la reglamentación, el ministerio notificará previamente a la Organización Mundial del Comercio, en cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio.

 

(Ministerio de Minas, Decreto 1616, ago. 28/14)

 

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