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Establecen requisitos para obtener el registro sanitario de predio avícola (8:49 a. m.)

27 de Mayo de 2015

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Nota:
101260
Toda persona natural o jurídica que tenga predio destinado a la producción avícola deberá registrarlo ante el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en la oficina local de la jurisdicción donde se encuentre ubicado el predio, mediante solicitud escrita, cumpliendo con los siguientes requisitos: nombre o razón social de quién registra el predio especificando si es propietario, posee­dor o tenedor, anexando cédula de ciudadanía, si es persona natural, certificado de existencia y representación legal, si es persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a 30 días calendario; dirección; correo electrónico y teléfono (fijo y/o celular); nombre y ubicación geográfica del predio a registrar (departamento, municipio, vereda); extensión en hectáreas; infraestructura; capacidad instalada y allegar el documento o prueba que acredite la propiedad, tenencia o posesión del predio. Así mismo, la norma aclara que este registro no otorga ni suplanta la certificación como granja avícola biosegura que otorga la entidad, según la normativa vigente. En cuanto al trámite, el instituto procederá a revisar los documentos y la información requerida. Si se encuentra incompleta, procederá a la devolución de la misma, sin perjuicio de que el interesado pueda presentar una nueva solicitud. Si está conforme a lo requerido, el ICA procede­rá a registrar el predio, para lo cual le asignará un número que estará constituido por dos dígitos del departamento, tres del municipio y cinco del consecutivo. Este número será único para cada predio.

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