Delitos ambientales generan responsabilidad penal a su autor y a las autoridades que deben evitarlos: Fiscal (10:55 a.m.)
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04 de Diciembre de 2013
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Las personas que cometen delitos ambientales no solamente incurren en responsabilidad penal, también deben resarcir los daños que su conducta ha generado a la comunidad. Así lo señaló el fiscal General de la Nación de la Nación, Eduardo Montealegre Lynett, durante una ponencia sobre valoraciones de costos ambientales, en la que advirtió que las autoridades que no actúan a pesar de que están obligadas a hacerlo para evitar daños ambientales también incurren en responsabilidad penal. Montealegre explicó que, según en el Derecho Penal moderno, cuando hay delito se tiene en cuenta no solamente la relación de causalidad entre hecho y consecuencia o ámbito de causalidad, sino que debe analizarse el llamado ámbito de responsabilidad. “En el caso específico de los derechos ambientales, se define también qué persona o entidad está obligada a evitar o prevenir una conducta. Es ahí cuando nos referimos a la teoría del deber de garante, que trasciende la esfera de la culpa y empieza a abarcar el dolo”, agregó.
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