Actos que declaran áreas de importancia ecológica deben ser oponibles a terceros (11:28 a.m.)
08 de Marzo de 2010
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Nota:
64223
Las áreas de importancia ecológica gozan de especial protección y son determinantes ambientales en los procesos de ordenamiento territorial, por lo que es necesario que los actos que declaran el carácter de estas áreas sean oponibles a terceros y, en ese orden, publicados en el Diario Oficial, gaceta o boletín que las autoridades destinen para ese fin, indicó el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. La entidad señaló que el acto mediante el cual se declaró a la reserva forestal Bella Vista, en el municipio de Villavicencio, como área de especial importancia ambiental se publicó en el Diario Oficial 25824 de 1945, por lo que sí es oponible. Así mismo, precisó que existe incompatibilidad entre la finalidad protectora de una reserva forestal y el desarrollo de actividades productivas.
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