Alcaldes locales podrían imponer o constituir servidumbres en proyectos de infraestructura del servicio público de acueducto rural (11:28 a.m.)
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12 de Mayo de 2015
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La Secretaría de Gobierno de Bogotá publicó un proyecto de decreto que delegaría en los alcaldes locales con jurisdicción en territorios rurales la competencia para que, en la etapa de construcción de los proyectos de infraestructura del servicio público de acueducto rural, se imponga o constituya servidumbre u ocupación temporal, cuando no exista dentro de la jurisdicción entidad que preste el servicio en mención. Dicha delegación permitiría adelantar todas las actividades que permitan iniciar el trámite de imposición de servidumbre u ocupación temporal prevista en la Ley 142 de 1994. La entidad solicitó a la ciudadanía ser partícipe y comentar las modificaciones que considere convenientes.
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