Ajustan reglamentación de sanciones por incumplimiento de cuota de aprendices del Sena (11:15 a.m.)
24 de Diciembre de 2013
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Nota:
93680
El Gobierno indicó que el Sena impondrá sanciones, conforme lo establece el numeral 16 del artículo 4° del Decreto 249 del 2004, cuando el empleador incumpla con la vinculación o monetización de la cuota mínima de aprendices. Además, indicó que el incumplimiento del pago de la cuota mensual dentro del plazo señalado dará lugar a intereses moratorios diarios, de acuerdo con la tasa máxima prevista por la Superintendencia Financiera. En cuanto a la cancelación de la multa, estableció un mecanismo proporcional. Por ejemplo, si el obligado optó por la monetización y se presenta incumplimiento en su pago, la obligación principal corresponderá al valor dejado de pagar por ese concepto.
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