Ahora se podrá optar por la medición de vertimientos en el servicio de alcantarillado (10:00 a.m)
15 de Agosto de 2017
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Nota:
56873
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) señaló que aplica a las personas prestadoras del servicio público domiciliario de alcantarillado y a los suscriptores y/o usuarios que cumplan con los requisitos y condiciones establecidas en la Resolución 800 del pasado 28 de julio. La implementación de la medición permitirá que al suscriptor se le facture de acuerdo a lo que realmente vierte el sistema de alcantarillado, con una tarifa que concede recuperar los costos de la prestación del servicio, de este modo se hace efectivo el derecho a la medición. Quien opte por esta alternativa deberá aplicarla por lo menos durante un año. La solicitud deberá ser aprobada cuando se verifique por el prestador que es técnicamente factible la medición y su negativa solo procederá con fundamento en razones técnicas debidamente soportadas. Además, no será necesario solicitar a la CRA la modificación de costos económicos de referencia para modificar la proyección de la demanda. No obstante, dicha modificación estará sujeta a la vigilancia y control que realiza la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. La resolución además regula lo referente a las formas de acceso a dicha opción, los dispositivos y/o estructuras de medición y la facturación y el cobro del servicio.
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