Agencia Colombiana para la Reintegración puede hacer contrataciones directas sin violar la Ley de Garantías (3:28 p.m.)
28 de Noviembre de 2013
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Nota:
92887
El Consejo de Estado conceptuó que la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas sí puede seguir celebrando contratos directos para la reinserción a la vida civil de desmovilizados de grupos armados al margen de la ley, aun cuando el presidente Juan Manuel Santos haya hecho expresa su voluntad de aspirar a la reelección. La corporación consideró que ello no constituye una violación a la Ley de Garantías Electorales, pues procesos de contratación como estos se encuentran dentro de la excepciones establecidas en el artículo 33 de la Ley 996 del 2005, que abre tal posibilidad si de por medio está la defensa y seguridad del Estado. Así mismo, la sala aclaró que estas actuaciones son viables en tanto el propósito exclusivo sea la adquisición de bienes y servicios destinados a los diferentes programas de retorno a la vida civil para quienes dejan las armas. No obstante, no pueden perderse de vista principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad (C. P. Álvaro Namén).
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