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Unifican jurisprudencia sobre procedencia de tutela contra tutela

07 de Octubre de 2015

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La Corte Constitucional, a través de un comunicado, informó la unificación de su jurisprudencia en relación con la procedencia de la acción de tutela contra una sentencia de tutela y contra actos de los jueces sobre tutelas anteriores o posteriores al fallo.

 

Para la Sala Plena, que se no cumplan las condiciones generales de procedibilidad de la acción de tutela, como puede ser el deber de informar, notificar o vincular a los terceros interesados en un proceso de tutela anterior constituye una flagrante violación al debido proceso y configura la procedencia excepcional de la acción de tutela contra tutela.

 

Sin embargo, no hubo unanimidad en la decisión, pues el magistrado Alberto Rojas Ríos se apartó, toda vez que, en su concepto, consideró que no eran claros los fundamentos de la parte demandante para formular la acción constitucional (Vea: Corte Constitucional reprocha uso abusivo de la acción de tutela).

 

Igualmente, el magistrado expresó su disidencia con la forma en que se proyectó el problema jurídico, que considera era diferente.

 

Finalmente, los magistrados Gloria Stella Ortiz Delgado y Jorge Iván Palacio se reservaron la presentación de eventuales aclaraciones de voto en cuanto a los fundamentos que llevaron a la decisión (M.P. Mauricio González Cuervo).

 

(Corte Constitucional, Comunicado Sentencia SU-627, Oct. 1/15)

 

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