General
Tribunal pide adaptar manuales de convivencia, tras suicidio de estudiante acosado por condición sexual
29 de Septiembre de 2014
A raíz del suicidio de un estudiante que habría sido víctima de matoneo por su condición de sexual, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca previno y exhortó a las autoridades educativas a adecuar los reglamentos de los planteles a las nuevas realidades de interrelaciones subjetivas.
En un fallo de tutela, la corporación concluyó que calificar como desviación sexual las manifestaciones de cariño entre estudiantes del mismo género y sancionar estos comportamientos por considerarlos grotescos, al punto de invadir su intimidad, viola los derechos fundamentales de los alumnos.
La sentencia concluye que el colegio Gimnasio Castillo Campestre desbordó el ejercicio legítimo de la acción correctora, traspasó la razonabilidad y la proporcionalidad de sus potestades disciplinarias y violentó el derecho al buen nombre del estudiante Sergio Urrego, así como la honra moral de su familia, pues impuso todo tipo de medidas en su contra, como desescolarizarlo y obligarlo a someterse a un tratamiento sicológico para retornar a las aulas, aduciendo que había incurrido en una falta definida como vulgar en su manual de convivencia.
La Sala estableció que la concepción que hoy se tiene del ejercicio de la sexualidad y la protección constitucional que se ofrece a sus diversas manifestaciones impiden que los planteles educativos desplieguen actuaciones como las emprendidas por el demandado.
“El colegio olvidó que las medidas correctivas deben buscar el desarrollo integral del menor sin invadir sus esferas íntimas, evitando tener repercusiones en su vida familiar y social; y sin causar traumatismos o daños irreversibles a aquellos y a su entorno familiar”, señala la decisión.
Al respecto, agregó que las directivas de la institución pueden señalar y hacer efectivas sus normas de convivencia; sin embargo, estas deben respetar los derechos inviolables de los educandos, como el buen nombre y la dignidad.
Cabe recordar que, el año pasado, el presidente de la República, Juan Manuel Satos, sancionó la Ley de Convivencia Escolar, que crea un sistema nacional para el ejercicio de los derechos humanos y la mitigación de la violencia en los colegios.
De acuerdo con esa normativa, los manuales de convivencia deben identificar nuevas formas y alternativas que “permitan aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica”.
(Tribunales, Sentencia 201403890, sep. 23/14, M. P. José María Armenta)
Documento disponible para suscriptores de Legismóvil. Solicite un demo.
Opina, Comenta