General
Tratos humillantes son contrarios a misión constitucional de las fuerzas militares
01 de Octubre de 2015
El Consejo de Estado condenó al Ejército Nacional al encontrarlo responsable, a título de falla del servicio, de infringir su deber de colaboración para la recuperación del padecimiento siquiátrico de un soldado e imponerle obligaciones desproporcionadas frente a sus capacidades y en abierta oposición a las incapacidades con las que contaba. (Lea: Condenan al Ejército por daños sufridos por menores tras enfrentamiento armado
En efecto, en lugar de brindarle ayudas y tratamiento, la institución, a través de los superiores del conscripto, lo trató de “loco”, dirigiendo constantes burlas sobre su estado de salud. Para la sala, los tratos degradantes y humillaciones que lo presionaban todo el tiempo contribuyeron al deterioro de la salud mental del soldado.
Medidas de justicia restaurativa
El alto el alto tribunal ordenó al Ejército, a título de medida de no repetición, comunicar en todos sus batallones y comandos a nivel nacional el contenido de la condena. (C.P. Carlos Alberto Zambrano)
(Consejo de Estado Sección Tercera, Sentencia 19001233100020010042701 (31709), Sept. 16/15
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