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Sostenibilidad fiscal no puede interferir en independencia de los jueces

Dicho criterio no opera en la resolución de los casos analizados por una alta corte, pues su incidencia solo se da luego de ejecutoriada la sentencia correspondiente.
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26 de Febrero de 2014

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El criterio de sostenibilidad fiscal no puede implicar una injerencia indebida en la autonomía e independencia de los jueces al momento de resolver los casos sometidos a su análisis, afirmó la Corte Constitucional.

 

Dicho criterio no opera en la resolución de los casos analizados por una alta corte, pues su incidencia solo se da luego de ejecutoriada la sentencia correspondiente, resaltó.

 

En ese instante, es viable iniciar el incidente de impacto fiscal contra el fallo, con el fin de que el alto tribunal estudie la viabilidad de modular o no sus efectos, sin que esto permita violar la cosa juzgada y burlar el efecto protector de la decisión, explicó la corporación. 

 

Si el juzgador de la causa concreta asume funciones de planeación y ordenación del gasto público, vulnera el principio de separación de poderes y subordina la aplicación del derecho a criterios financieros, advirtió.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-832A, nov. 14/13, M. P. Luis Ernesto Vargas)

 

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