General
Solicitan extender práctica de anticoncepción quirúrgica a menores de edad
16 de Septiembre de 2013
La Ley 1412 del 2010 autorizó la realización gratuita de la ligadura de conductos deferentes o vasectomía y la ligadura de trompas de Falopio, para fomentar la paternidad y la maternidad responsables.
El artículo 7º de esa norma prohibió la práctica de la anticoncepción quirúrgica a menores de edad. En contra de esa excepción, se radicó un escrito de inconstitucionalidad, con base en la posible violación de los artículos superiores 13, 16, 42 y 45.
De acuerdo con los demandantes, la norma vulnera varias garantías fundamentales que el legislador les ha concedido a los menores de edad, como el derecho a formar una familia y a decidir libremente la posibilidad de tener o no hijos.
Según el libelo, la disposición desconoce las circunstancias sociales por las que atraviesa el país en materia de embarazo y maternidad adolescente.
En ese sentido, señala que prohibir que ciertas personas acudan a determinados servicios que presta el Estado para la protección integral de la familia o la maternidad y la paternidad responsables, con métodos quirúrgicos para evitar la concepción, es una medida regresiva.
Así mismo, explica que, según a la jurisprudencia de la Corte Constitucional, los derechos reproductivos son una categoría de derechos humanos que incluyen el derecho fundamental de todas las personas a decidir libremente el número y espaciamiento de hijos.
También, advierte que la norma reconoce a los adolescentes y jóvenes como sujetos de derechos, por consiguiente, en lugar de prevenir la amenaza de sus derechos, los está vulnerando.
(Demandantes: Yuly Ramírez Gómez, Pedro Antonio Cano Álvarez y otros)
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