General
Sancionan por representar sucesivamente intereses contrapuestos dentro de un proceso ejecutivo
El abogado utilizó los mismos argumentos en cada una de sus defensas.Openx [71](300x120)

01 de Abril de 2016
El Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción con suspensión de tres meses a un profesional del Derecho al hallarlo responsable de la falta prevista en el literal e) del artículo 34 de la Ley 1123 del 2007. (Lea: Abogados que prometen resultados conociendo su imposibilidad pueden ser sancionados)
Según la investigación disciplinaria, el abogado representó en forma simultanea tanto a un ciudadano como a su contraparte en un proceso ejecutivo, en el que, incluso, utilizó los mismos argumentos en cada una de sus defensas.
Así, el disciplinado representó sucesivamente a las partes que tenían intereses contrapuestos dentro de un proceso a título de dolo, “pues utilizó los mismos argumentos para defender los intereses del demandante como también para atacarlo cuando fungió como apoderado del demandado”, faltando a la ética que debe revestir todas las actuaciones de los abogados litigantes.
Al respecto, el alto tribunal hizo un llamado a estos profesionales para que se abstengan de repetir esta conducta, que atenta contra la justicia y el orden social justo (M.P. Pedro Alonso Sanabria).
Consejo Superior de la Judicatura, Sentencia 13001110200020110019001, 12/10/15
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