General
Sancionan ley de cuidados paliativos para enfermos terminales
11 de Septiembre de 2014
El Gobierno sancionó la Ley Consuelo Devis Saavedra (Ley 1733 del 2014), que regula los cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles, en cualquier fase de la enfermedad que impacte la calidad de vida.
La norma reglamenta el derecho a recibir un tratamiento integral del dolor, el alivio del sufrimiento y otros síntomas, teniendo en cuenta aspectos sicopatológicos, físicos, emocionales, sociales y espirituales, de acuerdo con las guías de práctica clínica que establezca el Ministerio de Salud (Minsalud) para cada patología.
Los pacientes podrán desistir, de manera voluntaria y anticipada, de tratamientos médicos innecesarios que no cumplan con los principios de proporcionalidad terapéutica y no representen una vida digna.
Las entidades promotoras de salud (EPS), por su parte, están obligadas a garantizar la prestación del servicio, con especial énfasis en cobertura, equidad, accesibilidad y calidad, en todos los niveles de atención, de acuerdo con la pertinencia médica y los contenidos del plan obligatorio de salud. Además, deberán incorporar a su red personal capacitado en cuidados paliativos, al que se le ofrezca educación continuada en el tema.
“El Minsalud, el Fondo Nacional de Estupefacientes y las EPS, garantizarán la distribución las 24 horas al día y los siete días a la semana, la accesibilidad y disponibilidad. Los primeros otorgarán las autorizaciones necesarias para garantizar la suficiencia y la oportunidad para el acceso a los medicamentos opioides de control especial para el manejo del dolor”, agrega la norma.
Cabe recordar que, inicialmente, el Gobierno objetó la propuesta por razones de inconstitucionalidad, pues, en su opinión, debió tramitarse como un proyecto de ley estatutaria, ya que contiene aspectos relacionados con el derecho a la vida y con la muerte digna del enfermo terminal.
Sin embargo, la Corte Constitucional declaró su exequibilidad, teniendo en cuenta que la iniciativa no daba lugar a la regulación plena de derechos fundamentales. El presidente del alto tribunal, Luis Ernesto Vargas, resaltó que la legislación no contemplaba la eutanasia, sino que pretende mejorar la calidad de vida de quienes padecen enfermedades terminales o degenerativas. El proyecto ya había sido estudiado por la Corte en el 2013, cuando lo devolvió al Congreso por vicios de trámite.
El Minsalud tendrá seis meses para reglamentar la materia.
(Congreso, Ley 1733, sep. 8/14)
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