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General


Registraduría debe regular cedulación múltiple

La Corte Constitucional determinó la necesidad de que la Registraduría Nacional reglamente un procedimiento interno que regule dichos casos.
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04 de Marzo de 2016

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Con ocasión de la tutela interpuesta por un ciudadano a quién se le negó la expedición de una nueva cédula, pese a tener motivos para cancelar la anterior, la Corte Constitucional determinó la necesidad de que el organismo reglamente un procedimiento interno que regule casos de múltiple cedulación.

 

Según lo ordenó el alto tribunal, la entidad debe actuar en forma oficiosa adelantando las acciones y gestiones administrativas para lograr la identificación precisa y exacta de una persona, cuando se evidencie que está en condiciones de vulnerabilidad y que las mismas le ocasionan dificultades para cumplir con los procedimientos administrativos o judiciales previstos en la normativa legal vigente.

 

La sentencia indicó que en los casos en que la Registraduría Nacional advierta un intento de doble cedulación, debe otorgar al interesado la oportunidad para ser escuchado previamente antes de tomar la determinación de suspender el trámite de expedición del documento de identificación y presentar las pruebas necesarias para justificar la solicitud de la cédula de ciudadanía que considera es la que corresponde con su identidad y desplegar en forma oficiosa las gestiones administrativas que sean necesarias para verificar la identificación real del interesado.

 

La corte recordó la importancia del documento en la identificación de las personas, sumado a que es el instrumento idóneo para el ejercicio de los derechos civiles y políticos, permite advertir la relevancia que tiene el procedimiento administrativo para modificar, renovar o cancelar la cédula de ciudadanía (M. P. María Victoria Calle). (Lea: Adultos mayores podrán recibir atención médica presentando la cédula)

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-023, Feb. 02/16)

 

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