12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General

General


Procuraduría pide que Corte Constitucional ajuste reglamento sobre acumulación de demandas

21 de Julio de 2014

Reproducir
Nota:
20461
Imagen
medi142107congestion2-shut-1509243163.jpg

La Procuraduría General de la Nación exhortó a la Corte Constitucional a revisar su reglamento interno, con el fin de que se permita la acumulación de demandas contra las mismas normas.

 

Para el Ministerio Público, es necesario establecer mecanismos más eficaces que eviten pronunciarse varias veces sobre una misma acción de inconstitucionalidad, según lo establecido en el artículo 5º del Decreto 2067 de 1991.

 

La entidad emitió el pronunciamiento en un proceso en el que pide la inhibición, por ineptitud de los cargos, aunque ya existía pronunciamiento en el Expediente D-9960. En ese entonces, el Ministerio Público solicitó la constitucionalidad del artículo 229 de la Ley 599 del 2000, que establece penas de entre cuatro y ocho años de cárcel para quienes incurran en violencia intrafamiliar.

 

De hecho, la Corte ya resolvió esa demanda, al declarar la disposición ajustada a la Carta Política. De acuerdo con el alto tribunal, la medida es proporcionada e idónea para procurar la unidad y convivencia familiar pacífica y la protección de personas en condición de debilidad manifiesta, como las mujeres, los menores de edad y los adultos mayores.

 

El fallo, dado conocer mediante comunicado, sostiene que la condición del sujeto activo del punible es una circunstancia que no permite comparar este delito con ninguna modalidad de lesiones personales.

 

(Procuraduría General de la Nación, Concepto 5721 (D-10026), feb. 10/14)

 

Documento disponible para suscriptores de Legismóvil. Solicite un demo.

 

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)