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Procuraduría pide declarar exequible norma que restringe edad de ingreso a personal de custodia del Inpec
05 de Noviembre de 2014
La Procuraduría General de la Nación solicitó que la Corte Constitucional declare exequible el numeral 2º del artículo 119 del Decreto 407 de 1994, según el cual, para ingresar al personal de custodia del Inpec, es necesario ser mayor de 18 años y menor de 25.
A juicio del Ministerio Público, el trato diferenciado para quienes superen ese rango de edad se justifica, ya que de las personas que están dentro del límite se espera una mejor cualificación física, para garantizar la eficiencia en la labor.
“La medida es razonable y proporcionada, por cuanto no sacrifica fines constitucionales de mayor jerarquía que los protegidos, pues la edad máxima fijada para ingresar al Inpec le permite a quienes logren hacerlo cumplir las funciones propias de dicho cuerpo de manera eficaz, pues cuentan con un buen estado de salud y una agudeza sensorial óptima”, señaló.
Según la entidad, en este caso la edad se convierte en un requisito indispensable para ser nombrado, por lo tanto, no es suficiente que se hayan superado las pruebas intelectuales relativas al mérito, sino que, además, es preciso cumplir otras condiciones de carácter personal o social, como contar con excelentes antecedentes morales, personales y familiares.
Los demandantes advierten sobre la existencia de un trato discriminatorio entre las personas que, a pesar de reunir los demás requisitos para para ingresar al Inpec, tienen 25 años o más al momento del nombramiento, en comparación con quienes cumplen todas las condiciones para pertenecer a dicho cuerpo, entre ellas el requisito de edad.
La ponencia será presentada por el magistrado Mauricio González.
(Procuraduría General de la Nación, Concepto 5790 (D-10210), jul. 1º/14)
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