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Procuraduría formuló observaciones al ICBF sobre el proyecto de reforma al Código de la Infancia y la Adolescencia
19 de Mayo de 2015
La Procuraduría General de la Nación le manifestó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) sus preocupaciones frente al ajuste que, vía ley orgánica del Plan de Desarrollo, se pretende hacer al Código de la Infancia y la Adolescencia respecto del trámite de adopciones, y al anuncio de una reforma estructural a la misma norma (Ley 1098 de 2006).
En comunicación remitida a la directora del ICBF, Cristina Plazas Michelsen, el Ministerio Público destacó que la ley que aprueba el Plan de Desarrollo no puede crear ni modificar toda clase de normas, pues los mecanismos para la ejecución del plan deben tener un claro fin planificador; respetar el contenido constitucional propio de la ley, y tener una conexidad directa e inmediata, no eventual o mediata, con los objetivos o programas del Plan general.
De esta manera, la entidad señaló que el ICBF decidió presentar de manera abrupta, a través del proyecto del Plan de Desarrollo, la modificación al artículo 56 del Código de la Infancia y la Adolescencia relativo a la ubicación del niño o adolescente en familia de origen o familia extensa.
Al respecto, precisó que la adopción de menores de edad es un tema extraño al Plan Nacional de Desarrollo, si se tiene en cuenta que las normas relacionadas con los Derechos Humanos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes tienen un carácter diferencial y su naturaleza es preferente a las contenidas en otras leyes.
“Preocupa a este órgano de control que mientras el Comité de los Derechos del Niño y el Comité del Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de la Adopción Internacional (incorporados a la legislación colombiana desde 1996) propugnan por un riguroso seguimiento de la adopción en Colombia, en especial de la adopción internacional, el ICBF pretenda a través del Plan de Desarrollo hacer el tránsito de la adopción plena, ya no sólo a la adopción exprés, sino a la adopción forzada, lo cual va en contravía no solo de los compromisos internacionales adquiridos por el Estado, sino de la reiterada jurisprudencia sobre la protección del derecho fundamental a la preservación de la unidad familiar y la presunción a favor de la familia biológica”, agregó.
Por otro lado, la Procuraduría señaló que tiene conocimiento de que la Dirección General del ICBF se dispone a presentar en el 2015 una reforma integral a la Ley 1098 de 2006, proyecto de reforma que advirtió, al parecer, no ha tenido la participación de los diversos estamentos de la sociedad.
Requerimientos de la Procuraduría
En relación con el ajuste al Código de la Infancia incluido en proyecto de ley del Plan Nacional de Desarrollo, la Procuraduría solicitó, entre otros, el diagnóstico, estudios, análisis y evaluación que justificaron su necesidad, así como las actas de las mesas, encuentros y foros que se hubiesen realizado para garantizar el proceso de participación y concertación democrática.
En el mismo sentido, solicitó las actas del Consejo Nacional de Planeación, así como del Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) en las que se dé cuenta de la discusión y aprobación del texto de reforma, y la copia auténtica del Acuerdo del Consejo Directivo del ICBF que aprobó la propuesta.
Con relación al anuncio de una reforma al Código de la Infancia y la Adolescencia, la entidad requirió la copia del acto administrativo mediante el cual se decreta la iniciación del proceso de reforma integral a la Ley 1098 de 2006, y de los instrumentos, cronograma y directrices para los funcionarios de las regionales del ICBF que participarán de los grupos de trabajo seleccionados para tal fin.
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