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Procedimientos estéticos indispensables para estabilidad emocional deben ser costeados por EPS

13 de Marzo de 2015

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En un fallo recientemente notificado, la Corte Constitucional sostuvo que la negativa de las EPS a costear procedimientos estéticos medicados que no tienen solo un propósito de embellecimiento viola los derechos a la salud y a la integridad personal.

 

“El derecho fundamental a la salud no equivale únicamente a un estado de bienestar físico o funcional. Incluye también el bienestar psíquico, emocional y social de las personas; aspectos que contribuyen a configurar una vida de calidad e inciden fuertemente en el desarrollo integral del ser humano”, señaló la Corte.

 

En tres expedientes tramitados en la misma acción, la Sala ordenó adelantar una mamoplastia de reducción y valorar la necesidad de practicar una abdominoplastia. Además, pidió examinar la posibilidad de efectuar procedimientos estéticos a un paciente que se sometió a una operación de bypass gástrico.

 

En todos los casos, la Corte ponderó los efectos emocionales en torno a la apariencia física que enfrentan los tutelantes. Así, aseguró que existen circunstancias que ameritan el suministro de insumos, medicamentos e intervenciones, que a pesar de no estar incluidos en el plan de beneficios deben ser prestados por las EPS, pues, de lo contrario, se vulneraría el derecho fundamental a la salud.

 

A la luz del principio de integralidad, recordó, las instituciones que prestan servicios de salud deben buscar la recuperación total de la persona, pues no basta con el diagnóstico aislado de un médico o la atención de urgencias, si no se acompaña de los procedimientos y tratamientos necesarios que materialicen el derecho a la salud.

 

Por último, precisó que las EPS no deben calificar una cirugía plástica reconstructiva como “estética” o “cosmética”, sin hacer un análisis previo del caso y sin considerar las condiciones físicas, funcionales, síquicas, emocionales y sociales del paciente, sobre todo cuando cuentan con la capacidad técnica y científica para determinar la cirugía requerida, a través del historial médico del usuario y de los conceptos médicos emitidos por los especialistas adscritos a la entidad.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-142, mar. 13/15, M. P. Alberto Rojas)

 

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