15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General

General


Presidente Santos sanciona ley de acceso a la información pública

06 de Marzo de 2014

Reproducir
Nota:
21567
Imagen
reunion2-think-1509243365.jpg

Luego de ser aprobada por el Congreso de la República y revisada por la Corte Constitucional, el presidente Juan Manuel Santos acaba de sancionar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

Es necesario recordar que el alto tribunal declaró inexequibles varios apartes del proyecto de ley estatutaria, como el que creaba una causal eximente de responsabilidad penal, disciplinaria y civil basada en la buena fe del funcionario, pues lo consideró indeterminado. Igualmente, rechazó el artículo que pretendía regular la inaplicabilidad de la reserva de ciertos documentos, por ser “confuso y vago”.

 

El principio de la Ley 1712 es que toda persona puede conocer sobre la existencia y acceder a la información pública en posesión o bajo control de sujetos obligados, como las entidades públicas; las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, que presten funciones públicas; los partidos o movimientos políticos y las entidades que administren instituciones parafiscales, fondos o recursos públicos, entre otros.

 

El mandatario explicó que, de acuerdo con la norma, se invierte la carga de la prueba en favor del ciudadano, quien ya no tendrá que explicar por qué requiere información del Estado, pues serán los funcionarios quienes deberán justificar si la información es reservada o clasificada, en caso de negarla.

 

En cuanto a la publicidad, la ley precisa que la información deberá estar disponible a través de medios físicos, remotos o locales de comunicación electrónica. “Los sujetos obligados deberán tener a disposición de las personas interesadas dicha información en el sitio web, a fin de que estas puedan obtenerla, de manera directa o mediante impresiones”, puntualiza.

 

Así mismo, deberán proporcionar apoyo a los usuarios que lo requieran y proveer todo tipo de asistencia respecto de los trámites y servicios necesarios.

 

Por otra parte, se establece que la información pública reservada no podrá extenderse por un periodo superior a los 15 años.

 

El Ministerio Público será el encargado de velar por el adecuado cumplimiento de las obligaciones establecidas. Así, la Procuraduría General de la Nación, en un plazo de seis meses, establecerá la metodología para que se cumplan las funciones y atribuciones señaladas.

 

La nueva ley entrará en vigencia dentro de seis meses para las entidades públicas de todas las ramas del poder público del orden nacional y dentro de un año para las entidades territoriales.

 

En ese sentido, el presidente Santos anunció que se hará un acompañamiento desde el Departamento Nacional de Planeación, con un crédito del Banco Mundial, a cerca de 300 municipios del país para su fortalecimiento institucional y la debida implementación de esta nueva norma.

 

(Ley 1712, mar. 6/14)

 

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)