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General


Piden inhibición en demanda a reforma de términos de cumplimiento en Justicia y Paz

A juicio del demandante, la disposición incluye una exigencia adicional y subjetiva, que no da garantías jurídicas a favor de los desmovilizados.
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10 de Octubre de 2013

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La Procuraduría General de la Nación le pidió a la Corte Constitucional que se abstenga de examinar de fondo la demanda contra el artículo 19 (parcial) de la Ley 1592 del 2012, que regula el término para el cumplimiento de las penas impuestas a los beneficiarios de la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 del 2005).

 

La norma demandada precisa que si el postulado está privado de la libertad al momento de la desmovilización del grupo al que perteneció, el término de la pena será contado a partir de su postulación a ese esquema de alternatividad penal.

 

A juicio del demandante,  la disposición incluye una exigencia adicional y subjetiva, que no da garantías jurídicas a favor de los desmovilizados.

 

Sin embargo, para el Ministerio Público, la demanda no explica de forma concreta cuáles contenidos normativos del principio de dignidad humana se transgreden ni las razones por las que se considera violada la Constitución.

 

Finalmente, agregó que no existe un verdadero cargo de inconstitucionalidad, porque no se expresan los motivos por los cuales esos cambios suponen la transgresión del derecho al debido proceso.

 

El magistrado Mauricio González presentará el proyecto de fallo ante la Sala Plena de la Corte.

 

(Procuraduría General de la Nación, Concepto 5631 (D-9737), ago. 30/13)

 

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