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Pacientes con urgencias complejas están condenados a morir: Corte Constitucional, sobre crisis de salud en Chocó

20 de Marzo de 2015

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La Corte Constitucional hizo un fuerte llamado de atención por la crisis de la salud que vive el departamento del Chocó, al indicar que el sistema de salud “no funcionará si no se atienden rigurosamente todos los parámetros y las garantías establecidas, y si los organismos de control no asumen una actitud activa y diligente respecto de los derechos de los usuarios”.

 

“La demora es la diferencia entre la vida y la muerte”, apuntó el magistrado Jorge Iván Palacio, quien dirige la Sala de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, que declaró un estado de cosas inconstitucionales en materia de salud.

 

De acuerdo con Palacio, no ha habido una revisión constante desde la Procuraduría, la Contraloría, la Fiscalía y la Superintendencia de las acciones y de las omisiones por parte de servidores públicos que han venido “desangrando” el sistema de salud. “Desafortunadamente solo algunas de ellas propusieron soluciones concretas, es decir, políticas públicas estructuradas, que en principio se muestren aptas para solucionar todas las carencias”, agregó.

 

Entre los diferentes llamados que la Sala les hizo nuevamente a autoridades locales, nacionales y organismo de control, está que la Superintendencia de Salud investigue y sancione a las entidades que persisten en imponer barreras a la prestación de servicios.

 

“Los resultados de la administración del hospital San Francisco de Asís por parte de Caprecom desde 2008 y hasta 2013, así como los demás periodos de intervención, deben ser indagados rigurosamente de manera que, principalmente, se determinen las responsabilidades fiscales y disciplinarias correspondientes”, sostuvo.

 

Además, señaló que “no existe una estrategia coordinada entre el Ministerio, la Supersalud, la Alcaldía y la Gobernación, para modificar la gestión pública aplicada hasta el momento para, por ejemplo, sanear los recursos que Caprecom le adeuda al sistema”.

 

Ello, aseguró,  implica la eliminación de obstáculos que, en contravía de la ley y la jurisprudencia, impiden el acceso en condiciones de calidad, y la puesta en marcha de estrategias interinstitucionales que aseguren el cumplimiento de las obligaciones por todas las entidades del sector.

 

La Sala invitó a que, en conjunto con la Defensoría, la Contraloría y las comisiones séptimas de Senado y Cámara, se haga una revisión del Plan de Auditoría 2015, de manera que, sin afectar a otras regiones, se aumente la presencia en el Chocó.

 

“Solo con la sumatoria de esfuerzos de las autoridades se logrará que los chocoanos accedan a un servicio de salud plenamente habilitado y de calidad, con la prestación efectiva de todos los servicios adscritos a su condición jurídica actual y con la esperanza de que en el mediano plazo puedan acceder, por lo menos, a un hospital de tercer nivel de complejidad”, concluyó.


(Corte Constitucional, comunicado Sentencia T-760/08, mar. 19/15, M. P. Jorge Iván Palacio)

 

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