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Ordenan a Procuraduría proteger derechos fundamentales de pareja homosexual

19 de Junio de 2015

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La Corte Constitucional, en fallo de tutela, protegió los derechos fundamentales al hábeas data, a la intimidad, a la no discriminación y al acceso a la justicia de una pareja gay que formalizó su relación ante notario.

 

La decisión se relaciona con la expedición por parte del  Ministerio Público de una circular que solicita a los procuradores regionales y provinciales remitirle de forma semanal información respecto al número de “solicitudes de matrimonio presentadas, el número de solicitudes de uniones contractuales elevadas y copia de cada una de las solicitudes de matrimonio y unión solemne”.

 

A juicio del alto tribunal, aunque la Procuraduría podía recolectar la información, no podía utilizarla para “imponer por vía general una determinada lectura de la manera en que notarios y jueces deben cumplir con lo ordenado en el resolutivo 5º de la Sentencia C-577 de 2011”, mediante la cual la Corte le dio plazo al Congreso hasta el 20 de junio del 2013 para legislar de forma “sistemática y organizada” lo relativo al vínculo marital de las parejas del mismo sexo, con la finalidad de eliminar el déficit de protección.

 

Por lo anterior, ordenó a la entidad la adopción de medidas para garantizar la confidencialidad y seguridad de los nombres de la accionante y su pareja, así como definir las condiciones de tratamiento de la base de datos en la que fueron incluidas. El magistrado Mauricio González salvó el voto

 

(Corte Constitucional, Comunicado Sentencia T-444, M. P. María Victoria Calle)

 

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