General
Ordenan a Procuraduría proteger derechos fundamentales de pareja homosexual
La tutela considera que una circular del Ministerio Público relacionada con uniones gay es una intromisión en su intimidad.
19 de Junio de 2015
La Corte Constitucional, en fallo de tutela, protegió los derechos fundamentales al hábeas data, a la intimidad, a la no discriminación y al acceso a la justicia de una pareja gay que formalizó su relación ante notario.
La decisión se relaciona con la expedición por parte del Ministerio Público de una circular que solicita a los procuradores regionales y provinciales remitirle de forma semanal información respecto al número de “solicitudes de matrimonio presentadas, el número de solicitudes de uniones contractuales elevadas y copia de cada una de las solicitudes de matrimonio y unión solemne”.
A juicio del alto tribunal, aunque la Procuraduría podía recolectar la información, no podía utilizarla para “imponer por vía general una determinada lectura de la manera en que notarios y jueces deben cumplir con lo ordenado en el resolutivo 5º de la Sentencia C-577 de 2011”, mediante la cual la Corte le dio plazo al Congreso hasta el 20 de junio del 2013 para legislar de forma “sistemática y organizada” lo relativo al vínculo marital de las parejas del mismo sexo, con la finalidad de eliminar el déficit de protección.
Por lo anterior, ordenó a la entidad la adopción de medidas para garantizar la confidencialidad y seguridad de los nombres de la accionante y su pareja, así como definir las condiciones de tratamiento de la base de datos en la que fueron incluidas. El magistrado Mauricio González salvó el voto
(Corte Constitucional, Comunicado Sentencia T-444, M. P. María Victoria Calle)
Documento disponible para suscriptores de Legismóvil. Solicite un demo
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!