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Ordenan plan maestro de protección para el Parque Tayrona

15 de Octubre de 2015

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El llamado del tribunal constitucional está dirigido a la Nación – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial, la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia, el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), la Defensoría del Pueblo del Magdalena, la Procuraduría General de la Nación, la Gobernación del Magdalena y las asociaciones de pescadores artesanales del Parque Nacional Natural Tayrona, para conformar una mesa de trabajo que implemente la ejecución de acciones estatales tendientes a lograr la protección del Parque Natural Tayrona.

 

Las medidas adoptadas deberán garantizar en el ámbito nacional, departamental y municipal la neutralización de los vectores de contaminación que afectan el parque, independientemente de que estos se generen a kilómetros del área protegida, al igual que la restauración de los ecosistemas afectados.

 

Para ello, concedió el término de  seis meses contados a partir de la notificación de la providencia (Vea: Corte Constitucional exhorta a aclarar titularidad de tierras en el Tayrona).

 

La orden se presentó a raíz de la acción de tutela instaurada por pescadores artesanales, que consideraron vulnerados sus derechos fundamentales al trabajo, vida digna y mínimo vital por la resolución expedida por la Unidad Administrativa del Sistema de Parques Nacionales Naturales que prohibió continuar con la actividad en el sector de Bahía Gayraca del parque Nacional Natural Tayrona.

 

Al respecto, el fallo encontró que la actividad de la pesca artesanal no es el principal causante de contaminación del área protegida, fundamento de base de la resolución, pues como lo advierten diversos estudios la contaminación de los ecosistemas marinos se debe principalmente a factores como la explotación y trasporte de minerales, la presencia de construcciones ilegales, la construcción adecuación y ampliación de infraestructuras portuarias, el vertimiento de tóxicos y sustancias peligrosas al mar, entre otros.

 

Protección a los pescadores

 

Sin embargo, reseña el fallo, la medida adoptada busca garantizar que las especies marítimas que habitan el área puedan llegar a una etapa de madurez sexual adecuada para reproducirse y así permitir la continuación del ciclo biológico, por lo que no resulta arbitraria.

 

Y si bien genera una limitación al derecho al trabajo de los accionantes, no implica per se una exclusión absoluta para ejercer su oficio en el territorio nacional, por cuanto la restricción de pesca solo cobija a las áreas protegidas del parque, indicó.

 

Por tal motivo, para proteger los derechos de los trabajadores,  afectados por la política ambiental, la Corte requirió a las diversas entidades administrativas la adopción de medidas encaminadas a mitigar los efectos que genera la prohibición de pesca para los accionantes y demás pescadores artesanales del Parque Tayrona (M.P. Jorge Iván Palacio)

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-606, Sep. 21/15)

 

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