General
Ordenan capacitar a funcionarios del Inpec para proteger derechos de presos con VIH
17 de Octubre de 2013
A raíz del veto que se le impuso a un recluso portador del VIH para evitar su traslado a una cárcel de Barranquilla, por temor a un contagio generalizado, la Corte Constitucional le ordenó al Inpec adelantar un proceso de capacitación que sensibilice a su personal sobre los derechos de la población que padece este virus.
A su juicio, las personas privadas de la libertad portadoras del VIH deben recibir atención médica continua y de calidad. y de la naturaleza y dimensiones de la misma.
De acuerdo con la jurisprudencia constitucional, las personas privadas de la libertad portadoras del VIH deben recibir atención médica continua y de calidad. El Estado, recordó la Corte, está en la obligación de asegurar el acceso a los medicamentos antirretroviales y de cualquier otra índole necesarios para mantener el máximo nivel posible de salud.
“La negación de estos servicios no solo afecta el derecho a la salud y amenaza el derecho a la vida, sino que comporta también un trato discriminatorio contra la población afectada por el VIH”, señala la sentencia.
El alto tribunal reiteró que cuando una persona portadora del VIH alega haber sido objeto de una distinción de trato basada en su diagnóstico, opera una presunción a su favor, que invierte la carga de la prueba y obliga a la autoridad, o excepcionalmente al particular demandado, a desvirtuar la discriminación.
La corporación envió copias a la Procuraduría General de la Nación, para que determine si hay lugar a sancionar al director de la cárcel El Bosque por la violación de los derechos del actor. Además, previno al funcionario para que, en el futuro, se abstenga de incurrir en este tipo actuaciones discriminatorias.
(Corte Constitucional, Sentencia T-376, jun. 28/13, M. P. Luis Ernesto Vargas)
Suscríbase a Legismóvil y acceda al texto completo de esta sentencia. Solicite un demo.
Opina, Comenta