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Nuevos términos de referencia para estudios de impacto ambiental en proyectos de hidrocarburos

Los términos deberán adaptarse a la magnitud y las particularidades del proyecto, y a las características ambientales regionales y locales en donde se pretenda desarrollar.
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11 de Julio de 2014

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Mediante la Resolución 0421 del pasado 2 de marzo, el Ministerio de Ambiente adoptó los términos de referencia para elaborar estudios de impacto ambiental (EIA) para los proyectos de perforación exploratoria de hidrocarburos identificados con el código M-M-INA-01, cuyos documentos están anexos a la norma. Cabe recordar que dicho estudio es necesario para la obtención de la respectiva licencia ambiental.

 

El interesado en obtener el permiso deberá verificar que no queden excluidos de la evaluación aspectos que puedan afectar y producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje.

 

Los términos deberán adaptarse a la magnitud y las particularidades del proyecto, y a las características ambientales regionales y locales en donde se pretenda desarrollar.

 

El EIA se elaborará en concordancia con el principio de desarrollo sostenible, partiendo de la aplicación de buenas prácticas ambientales, con la información disponible de alto nivel científico y técnico y con metodologías rigurosas para el levantamiento y análisis de información.

 

Además, deberá entregarse, junto con la solicitud de la licencia ambiental, a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea, en el portal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales.

 

La norma deroga la Resolución 1544 del 6 de agosto del 2010.

 

(Ministerio de Ambiente, Resolución 0421, mar. 20/14)

 

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