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Ninguna norma obliga a que nuevos productos fitoterapéuticos se vendan bajo fórmula médica: Invima

11 de Septiembre de 2014

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A través de un comunicado, el Invima precisó que si bien un pilar fundamental de gestión es apoyar y respaldar la competitividad de la industria nacional, no es posible desconocer eventuales riesgos para la salud de los colombianos. En este sentido, informó que, a la fecha, no existe ninguna norma que obligue a que nuevos productos fitoterapéuticos se comercialicen bajo fórmula médica.

 

Además, resaltó que las plantas, en su estado natural, no son objeto de vigilancia ni reglamentación por parte de la entidad. Según el Invima, actualmente se encuentran en el mercado 196 plantas medicinales con propiedades terapéuticas reconocidas, de las cuales 59, por su composición, podrían cumplir con la condición de venta bajo formula médica.

 

No obstante, aclaró que no todos los productos de este tipo que se comercializan en el país deben ser prescritos por un profesional de la salud, sino solo aquellos que así lo indiquen en la etiqueta.

 

“No por ser de origen natural, se debe asumir que estos productos estén carentes de riesgos para la salud, ya que algunos, por su composición, pueden llegar a presentar efectos secundarios, síndrome de abstinencia, delirio al interrumpir su administración y desarrollar dependencia, entre otros. En este punto, la posición preventiva que asume el Invima de cuidado de la salud pública está en armonía con los conceptos emitidos por otras agencias reguladoras de medicamentos reconocidas como referentes por la Organización Panamericana de la Salud”, sostuvo.

 

(Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, comunicado, sep. 4/14)

 

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