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Niegan tutela que buscaba modificar condiciones de arriendo de sede de Contraloría

18 de Diciembre de 2014

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El Consejo de Estado negó una acción de tutela en la que la Contraloría General de la República aducía la violación de sus derechos fundamentales porque el arrendador del predio donde actualmente funciona se negó a renovar el contrato de arrendamiento bajo nuevas condiciones.

 

En efecto, el accionado le comunicó a la entidad que no renovaría el contrato, si no se desarrollaba bajo las mismas cláusulas pactadas con la excontralora Sandra Morelli. Ante tal condicionamiento, la Contraloría alegó un supuesto estado de subordinación e indefensión y, de ahí, la necesidad de acudir al juez constitucional.

 

Sin embargo, la Sección Primera desestimó que, en este caso, se cumpliera el estado de cosas descrito por la entidad accionante. “En tal sentido, la Corte (Constitucional) ha entendido por subordinación, aquella condición que permite que una persona se sujete a otra o resulte dependiente de ella, principalmente en situaciones derivadas de una relación jurídica emanada de la ley o de una relación contractual entre las partes”, indicó la corporación.

 

Según el alto tribunal, nada le impide al Contralor General de la República aceptar la oferta del arrendador de prorrogar el contrato en los términos originalmente pactados, “mientras el juez natural del contrato decide sobre la validez de las cláusulas”.

 

Incluso, aunque se probara el estado de indefensión y subordinación alegado, tampoco habría lugar a acceder a sus pretensiones, pues no se evidencia que la accionada hubiera vulnerado derechos fundamentales del arrendatario, agregó.

 

El Consejo sostuvo que esta situación no les impide a los trabajadores de la entidad ejercer su derecho fundamental al trabajo, no desconoce el derecho al buen nombre de la entidad, ni impide el acceso y desempeño de funciones y cargos públicos.

 

(Consejo de Estado, Sección Primera, Sentencia 11001031500020140430200, dic. 18/14, C. P. María Claudia Rojas)

 

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