General
Minminas reglamenta transporte de crudos por oleoducto
26 de Mayo de 2014
El Ministerio de Minas y Energía (Minminas) estableció la regulación general aplicable al transporte de crudo por oleoducto, con el fin de asegurar el libre acceso de terceros y ofrecerles a los agentes de la cadena del crudo condiciones regulatorias que les permitan disponer del transporte a precios eficientes.
Inicialmente, la norma determina las funciones y obligaciones del ministerio, del remitente y del transportador. Además, establece el procedimiento para elaborar y modificar el manual del transportador, que deberá estar disponible a través del respectivo boletín de transporte por oleoducto (página web de acceso público).
Los terceros interesados en la movilización del crudo deberán presentar la nominación al transportador, quien tendrá en cuenta la capacidad sobrante del oleoducto para prestar este servicio público.
La manifestación de dicha nominación y su trámite no requieren un contrato de transporte. El transportador deberá incluir, en su manual, los procedimientos administrativos para la atención de la misma.
Con esta normativa, el Ejecutivo busca incentivar la construcción de nuevos oleoductos y la expansión de los existentes. “Este reglamento de transporte entrega las señales adecuadas al sector para la construcción de nueva infraestructura”, precisó, en su momento, el Gobierno.
El Minminas también anunció que habrá una nueva regulación sobre la metodología tarifaria, y explicó que el país trabaja en cuatro ejes fundamentales, para seguir incrementando las reservas: aumento de factores de recobro en campos existentes, exploración de yacimientos no convencionales y costa afuera, y desarrollo de crudos pesados.
(Ministerio de Minas, Resolución 72145, mayo 7/14)
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