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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Listo sistema único de habilitación de servicios de salud

16 de Mayo de 2013

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El Ministerio de Salud adoptó el manual de habilitación de servicios, que contiene criterios obligatorios de seguridad para el paciente y entrega instrumentos para su cumplimiento, mediante herramientas de gestión.

 

La resolución contiene las condiciones mínimas para que los servicios de salud ofertados y prestados en el país les brinden seguridad a los usuarios. Además, define los servicios de salud y los criterios que pueden ofertar.

 

Otra novedad es la habilitación nacional para el transporte asistencial aéreo, marítimo y fluvial, que modifica la obligación de atender a los pacientes en la correspondiente dirección territorial.

 

De otro lado, la norma señala que los prestadores deberán registrar la modalidad en la que prestarán cada servicio, para lo cual utilizarán el formulario de Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud.

 

Así mismo, deberán realizar su autoevaluación anual, de forma obligatoria, tras cumplir los cuatro años de servicios.

 

De otro lado, se podrán ofertar servicios en espacios no destinados para ese fin o en espacios de salud en áreas de difícil acceso que no cuenten con servicios quirúrgicos habilitados. 

 

El Ministerio fijó un periodo de transición, hasta el 31 de mayo del 2014, para que se cumplan los criterios en los servicios habilitados.

 

La norma deroga las resoluciones 1043 y 1315 del 2006, 2680 y 3763 del 2007, 4796 y 1448 del 2008 y 715 del 2010.

 

(Ministerio de Salud, Resolución 1441, mayo 6/13)

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