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A la Ley Estatutaria de Salud todavía le faltarían trámites para su sanción
El magistrado de la Corte Constitucional Jorge Iván Palacio había llamado la atención sobre la demora en la que habría incurrido el Gobierno para sancionar el proyecto.Openx [71](300x120)

27 de Enero de 2015
Aunque varios sectores le han insistido al Gobierno que sancione la Ley Estatutaria de Salud, el ministro del ramo, Alejandro Gaviria, indicó que el Proyecto de Ley 209/13S-267/13C está en el Congreso, para revisión.
Por su parte, Pedro Santana, vocero de la comisión de seguimiento a la Sentencia T-760 del 2008, que declaró el estado de cosas inconstitucional del sistema de salud, aseguró que el presidente de la República, Juan Manuel Santos, no tiene excusa para no sancionar la norma. Por esa razón, instauró una constitución de renuencia, ante el Senado.
Según Santana, el plazo para que el Ejecutivo sancionara la reforma venció el pasado 29 de diciembre. Sin embargo, la Presidencia de la República indicó que, de acuerdo con los artículos 33, 34 y 41 del reglamento de la Corte Constitucional (Decreto 2067 de 1991), si un proyecto es declarado parcialmente inconstitucional, debe ir a la cámara de origen, con el correspondiente fallo.
El trámite señala que, una vez oído el ministro del ramo, se rehará e integrarán las disposiciones afectadas, en términos concordantes con el dictamen de constitucionalidad. Cumplido este paso, se el texto remitirá a la Corte Constitucional, para el fallo definitivo. Allí, el presidente de la corporación le solicitará al magistrado sustanciador que informe si las nuevas disposiciones concuerdan con el dictamen.
Fuentes del alto tribunal consultadas por este medio informaron que el texto no ha llegado al despacho del magistrado ponente.
Cabe recordar que, ayer, el magistrado de la Corte Constitucional Jorge Iván Palacio llamó la atención sobre la demora en la que habría incurrido el Gobierno para sancionar el proyecto. Según indicó, si bien la Corte tuvo que modificar la Sentencia C-313 del 2014, por errores en la transcripción del examen de constitucionalidad, ese trámite se cumplió satisfactoriamente, por lo que no parece justificable la inactividad del Ejecutivo.
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