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General


Juez no está atado a cifra concreta de indemnización alegada por demandante

El fallo señala que este funcionario debe encontrar el verdadero y más equitativo sentido de la demanda.
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10 de Octubre de 2014

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En un contexto de respeto por los derechos fundamentales, el examen de la demanda debe ser integral, para identificar la razón y naturaleza del derecho sustancial que se pretende hacer valer, de manera que se logre superar cualquier imprecisión en que se haya incurrido, indicó la Corte Suprema de Justicia.

 

Según la Sala Civil de la corporación, ello implica que el juez debe encontrar el verdadero y más equitativo sentido de la demanda, sin distorsionarla, pues su interpretación debe basarse en un criterio jurídico y no mecánico, de modo racional, lógico, científico y ceñido a la ley.

 

Por tanto, aunque el demandante solicite una cifra concreta de indemnización, cuando se pruebe en el proceso una suma distinta, el juzgador debe imponer esta última, ya que solo así habrá congruencia entre lo pedido y lo fallado, destacó la sentencia.

 

Frente a la prueba pericial, señaló que si esta se refiere a asuntos ajenos al conocimiento del juez, se espera que el experto especifique, de forma detallada, clara y precisa, por qué razón obtuvo la conclusión expuesta. En cambio, cuando el perito solo describe los resultados y no indica su fundamentación, la prueba no cumple su propósito y deja sin acreditar el hecho objeto de la misma, advirtió.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, Sentencia SC-12841 (47001310300220020006801), sep. 23/14, M. P. Margarita Cabello)

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