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General


Judicatura precisa requisitos para eximir a víctimas de la violencia del servicio militar

Para quedar exento, es indispensable acreditar la condición de desplazado, con la inscripción en el Registro Único de Población Desplazada.
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06 de Mayo de 2013

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No todas las personas que sufran acciones de grupos violentos pueden acreditarse como víctimas para no prestar el servicio militar obligatorio.

 

Así lo anunció la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, al negar una acción de tutela instaurada por un soldado que pretendía quedar exento argumentando que es víctima de la violencia, porque su padre fue presuntamente asesinado por integrantes de grupos armados ilegales.

 

Para quedar exento del servicio militar obligatorio, es indispensable acreditar la condición de desplazado con la inscripción en el Registro Único de Población Desplazada, concluyó la Sala.

 

(Consejo Superior de la Judicatura, Comunicado, mayo 3/13)

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