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Inscripción de cédulas que comenzó en el 2013 no habilita para votar revocatoria de Alcalde de Bogotá
09 de Enero de 2014
El proceso de inscripción de cédulas que inició en marzo del 2013 y finaliza este 9 de enero no es válido para la convocatoria a las urnas prevista para el 2 de marzo, en la que se decidirá si se revoca el mandato del alcalde mayor de Bogotá, Gustavo Petro, aclaró la Registraduría Nacional del Estado Civil.
La entidad precisó que dicha inscripción habilita para ejercer el derecho al voto o cambiar el lugar de votación en las elecciones de Congreso y presidenciales. Por lo tanto, los ciudadanos del Distrito Capital que deseen votar para decidir sobre la permanencia del alcalde podrán ejercer su derecho en el mismo puesto donde lo hicieron durante las elecciones de autoridades locales en el 2011.
“Para dicha jornada están habilitados los ciudadanos colombianos mayores de 18 años, que pertenezcan al censo electoral de Bogotá. Esto incluye a todos los jóvenes que tramitaron su cédula de ciudadanía por primera vez cuatro meses antes de la fecha de la elección”, señaló la autoridad electoral.
De acuerdo con la Ley 741 del 2002, que modificó el artículo 69 de la Ley 134 de 1994, la revocatoria es aprobada “por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al 55 % de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario”.
En la última elección de alcalde de Bogotá, los votos válidos ascendieron a 2.244.025, razón por la cual el umbral de participación para la revocatoria está en 1.234.214 sufragantes. La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su periodo.
La revocatoria del Alcalde de Bogotá es la segunda convocada para el 2014. La primera será la del Gobernador de Guaviare, que se votará el domingo 2 de febrero.
CIDH solicita información
Por otro lado, a través de un comunicado, la Alcaldía Mayor de Bogotá informó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le solicitó al Estado colombiano información sobre la destitución de Petro por parte de la Procuraduría General de la Nación.
La comunicación señala que, de conformidad con el artículo 25 (numeral 5º) del reglamento de la CIDH, y sin prejuzgar sobre el posible otorgamiento de medidas cautelares, se solicita enviar a la Secretaría, en un plazo de tres días, las observaciones que el Gobierno considere pertinentes.
En particular, el organismo solicita información sobre la situación actual de los procesos señalados por los solicitantes, es decir, en qué estado se encuentra el proceso ante la Procuraduría, en qué plazo debe fallar el Ministerio Público, quién debe emitir el fallo del recurso de reposición, entre otros aspectos.
También solicita información sobre los recursos judiciales disponibles y la posición del Gobierno sobre la solicitud de las medidas.
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