Inmueble que por la emergencia cambia de uso puede ser objeto de visita de inspección
17 de Junio de 2020
La normativa expedida en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica declarado por la propagación del coronavirus (covid-19) no contempla cambios de uso de los inmuebles como consecuencia de las medidas de aislamiento preventivo obligatorio.
En ese sentido, precisó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, no está tipificado el desmonte de las facturas de uso comercial a inmuebles desocupados, dado el caso de que se resida donde se ejercía la actividad comercial, para efectos de la consulta.
Así las cosas, aclaró la entidad, actualmente no existe un mecanismo de liquidación alternativo y temporal de los consumos registrados en inmuebles anteriormente abiertos al público para desarrollar actividades comerciales y que, por motivos de la emergencia sanitaria, no están ejecutando ninguna actividad.
En todo caso, si por efectos de la emergencia un inmueble cambió su vocación comercial y/o industrial por residencial, el usuario podría acudir ante el prestador para que este realice una visita de inspección y determine si procede o no su reclasificación.
Por último, la superintendencia recordó que, a través de la Circular Externa 204, del 29 de abril, hizo una compilación normativa y comportamientos esperados por parte de los prestadores en la aplicación de la normativa expedida por el Gobierno en el marco de la actual emergencia económica, social y ecológica.
Superservicios, Concepto 330, May. 18/20.
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