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Grupos guerrilleros no deseaban generar desplazamientos masivos: juez de restitución
13 de Enero de 2014
Según los resultados de la cartografía social construida por la Unidad de Restitución de Tierras, “los grupos guerrilleros no deseaban generar desplazamientos masivos, ya que no era conveniente dentro de su estrategia militar, pues usaban a la población civil para mimetizarse y protegerse en medio de los combates, ya fuera contra otro grupo insurgente o contra el Ejército Nacional”.
Así se lo afirma una sentencia de restitución que le ordena al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural expedir la resolución de adjudicación de un predio baldío ubicado en la vereda La Secreta del municipio de Ciénaga (Magdalena).
El juez del caso recordó que la condición de víctima se soporta fácticamente en los sufrimientos que generan los actos terroristas, masacres, homicidios, combates, etc., los cuales, en el marco del conflicto armado interno, afectan garantías fundamentales como la vida, la libertad personal, la integridad, entre otras.
Dentro de este catálogo de violaciones, la Corte Constitucional ha sumado como hecho generador de violencia las amenazas, pues “no puede exigirse a la víctima esperar a sufrir una lesión a su integridad física para otorgarle la protección necesaria”.
En lo que respecta al daño, no necesariamente debe ser patrimonial, para que se le reconozca a una persona la condición de víctima. Así, bastará que sea real, concreto y específico, para que se legitime su inclusión en el proceso y sea beneficiaria de las medidas especiales de protección que prevé la ley.
En el caso analizado, el juzgado determinó que, debido al miedo infundido por grupos paramilitares, la mayoría de los reclamantes se abstuvieron de acudir a las autoridades administrativas para se les reconociera su condición de víctimas.
(Juzgados, Sentencia 47001312100120120008200, dic. 16/13)
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