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General


Gobierno tiene seis meses para reformar la Defensoría del Pueblo

El Ejecutivo podrá modificar la estructura de esa entidad, así como determinar el sistema de clasificación de los diferentes empleos.
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16 de Julio de 2013

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Gracias a la sanción de la Ley 1642, el Presidente de la República quedó facultado para modificar la estructura orgánica de la Defensoría del Pueblo.

 

La norma también le permitirá al Jefe de Estado suprimir funciones y determinar el sistema de nomenclatura y clasificación de los diferentes empleos de la entidad.

 

De acuerdo con la ley, esta restructuración se ejercerá con el propósito de modernizar y promover la eficiencia y la eficacia de las diferentes dependencias de la Defensoría del Pueblo.

 

Además, al ejercer las facultades extraordinarias, el mandatario garantizaría la estabilidad laboral de los actuales funcionarios, aclara la norma. Así, quienes estén laborando en cargos que sean suprimidos o modificados deberán ser reubicados en otros de igual, similar o superior categoría.

 

Finalmente, se propone la creación de una comisión de seguimiento al uso de las facultades conferidas en esta ley, integrada por dos representantes y senadores de las comisiones primeras del Congreso, que serían designados por las mesas directivas de estas corporaciones.

 

(L. 1642, jul. 12/13)

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