Gobierno Nacional crea el Programa Ingreso Solidario
04 de Abril de 2020
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio del Decreto 518, del 4 de abril, creó el Programa Ingreso Solidario, con el fin de atender las necesidades de los hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad en todo el territorio nacional, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica, declarado por el Decreto 417 del 2020.
De acuerdo con esta iniciativa, se entregarán transferencias monetarias no condicionadas con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME), en favor de las personas y hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad, que no sean beneficiarios de los programas Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor (Colombia Mayor), Jóvenes en Acción o de compensación del impuesto sobre las ventas, por el tiempo que perduren las causas que motivaron la declaratoria del estado de emergencia.
Para ello, el Departamento Nacional de Planeación determinará el listado de los hogares beneficiarios, teniendo en cuenta los hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad que estén registrados en el Sisbén y que cumplan con el respectivo criterio de ordenamiento. La entidad podrá hacer uso de registros y ordenamientos más actualizados que no estén publicados, según los lineamientos establecidos y el manual operativo que para tal efecto se emita.
Ubicación de beneficiarios
En todo caso, se podrán utilizar fuentes adicionales de información que permitan mejorar la focalización y ubicación de personas y hogares beneficiarios y la entidad está facultada para entregar o compartir dicha información a entidades involucradas en las transferencias no condicionadas de que trata la norma.
Aquellas personas que reciban las transferencias monetarias no condicionadas sin el cumplimiento de los requisitos establecidos para tal fin y no lo informen a la autoridad competente, o las reciban de forma fraudulenta, incurrirán en las sanciones legales individuales a que hubiere lugar. La configuración de estos supuestos no genera responsabilidad de quienes participen en la implementación del programa.
El Ministerio Hacienda podrá hacer uso de las apropiaciones presupuestales actualmente vigentes para atender los giros del Programa Ingreso Solidario hasta tanto se agote el proceso de adición presupuestal del FOME. Una vez aprobada la adición presupuestal correspondiente, se harán los ajustes pertinentes a que haya lugar.
Motivación
Entre otras consideraciones que tuvo en cuenta el Gobierno para la adopción de la medida está que los efectos derivados de las circunstancias que motivaron la declaratoria del estado de emergencia afectan el derecho al mínimo vital de los hogares más vulnerables, por lo que se requiere adoptar estrategias excepcionales con el fin de brindar apoyos económicos a la población más desprotegida.
Así mismo, que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en comunicado del 18 de marzo del 2020, afirmó que el virus de coronavirus (covdi-19) tendrá una amplia repercusión en el mercado laboral.
Según esta entidad, “más allá de la inquietud que provoca a corto plazo para la salud de los trabajadores y de sus familias, el virus y la consiguiente crisis económica repercutirán adversamente en el mundo del trabajo en tres aspectos fundamentales, a saber: 1) la cantidad de empleo (tanto en materia de desempleo como de subempleo), 2) la calidad del trabajo (con respecto a los salarios y el acceso a protección social), y 3) los efectos en los grupos específicos más vulnerables frente a las consecuencias adversas en el mercado laboral”.
(Minhacienda, Decreto 518, abril 4 – 20)
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