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Gobierno modificaría expedición de certificaciones de existencia de entidades religiosas
Los certificados podrían expedirse utilizando medios electrónicos, en las condiciones que establezca el Ministerio del Interior, y tendrían una vigencia de 30 días.Openx [71](300x120)

21 de Mayo de 2014
El Ministerio del Interior puso en conocimiento de la ciudadanía un proyecto de decreto que derogaría el artículo 17 del Decreto 782 de 1995 y el Decreto 1455 de 1997, con el fin de regular la expedición de certificaciones de existencia y representación legal de entidades religiosas.
De acuerdo con la iniciativa, tales certificaciones podrían expedirse utilizando medios electrónicos, en las condiciones que establezca el ministerio mediante resolución, y tendrían una vigencia de 30 días. Además, el proceso sería gratuito.
La propuesta unifica la normativa en materia de certificaciones de existencia y representación legal de estas entidades, así como las relativas al ministro de culto autorizado para celebrar matrimonios.
Entre los argumentos señalados por el ministerio, está darle cumplimiento a los principios de celeridad, economía y simplicidad que deben ser aplicados a los trámites, procedimientos y regulaciones administrativas, tal como lo señala el artículo 3º de la Ley 1437 del 2011 y el Decreto 019 del 2012.
La propuesta se encuentra disponible para comentarios en el sitio web de ministerio, sin embargo, la entidad no precisó fecha límite para realizarlos.
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