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Gobierno define lineamientos de planes de emergencia y contingencia en agua y aseo

07 de Abril de 2014

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El Ministerio de Vivienda adoptó los lineamientos para la formulación de planes de contingencia para el manejo de desastres y emergencias asociados a la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, que se aplican para todos los prestadores de estos servicios públicos domiciliarios.

 

Según el Ejecutivo, el plan deberá tener en cuenta las medidas necesarias para adaptarse a las condiciones específicas del sistema de prestación, y responder a sus condiciones físicas, técnicas, operacionales, institucionales, económicas y ambientales.

 

Sus indicaciones deben ser atendidas por las entidades territoriales en la formulación y adopción del plan de la gestión del riesgo de desastre y estrategias de respuesta, previsto en el artículo 37 de la Ley 1523 del 2012.

 

Los responsables de la adopción y reporte de los planes correspondientes tendrán un plazo de 18 meses para ajustarse a los lineamientos definidos en el anexo técnico, agregó el Ministerio.

 

Con estas medidas, el Gobierno busca evitar casos de desabastecimiento de agua como los ocurridos recientemente en Yopal, Manizales y Santa Marta.

 

El ministro de Vivienda, Luis Felipe Henao, les hizo un llamado a los prestadores de servicios públicos domiciliarios para que implementen los lineamientos de la política de gestión del riesgo de desastres, que también deben ser acogidos por las autoridades departamentales y municipales.

 

Contenido de los planes

Estos planes deberán estructurarse con dos componentes principales. El primero es la preparación de la respuesta, que consiste en planificar la atención de una posible emergencia y elaborar el documento que se aplicaría en caso de que se presente.

 

En dicha preparación, se debe considerar la ocurrencia del evento; sus impactos sociales, económicos y ambientales, y los requerimientos institucionales, físicos y humanos para atender los posibles impactos, para lo cual es necesario hacer inventarios e identificar requerimientos.

 

El segundo componente es la ejecución de la respuesta, donde se aplica todo lo planificado según las emergencias que se presentarán. Esta etapa contempla el desarrollo de un protocolo de acción para situaciones de desabastecimiento de agua por sequía, indicó la entidad.

 

(Ministerio de Vivienda, Resolución 0154, mar. 19/14)

 

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