11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General

General


Gobierno aplica primeras medidas de Ley de Vigilancia de la Educación Superior

18 de Febrero de 2015

Reproducir
Nota:
18740
Imagen
medi151802sanmartin2-sem-1509242867.jpg

El Ministerio de Educación expidió la Resolución 1702 del 2015, mediante la cual se aplican los institutos de salvamento para la Fundación Universitaria San Martín (FUSM), que complementan las medidas preventivas de vigilancia especial decretadas el 19 de enero del 2015.

 

Con base en la Ley 1740 del 2014, el ministerio ordenó la suspensión inmediata de los procesos judiciales y administrativos de carácter ejecutivo nacidos en obligaciones anteriores a su aplicación.

 

Otras medidas

Además de lo anterior, el Ejecutivo ordenó:

 

-                     No permitir la cancelación de gravámenes constituidos a favor de la fundación, salvó expresa autorización del Ministerio de Educación. Es decir que no se permitirá levantar los embargos existentes por obligaciones a favor de la FUSM.

 

-                     No permitir que se inscriban actas sujetas a registro que afecten el dominio de bienes muebles e inmuebles de propiedad de la institución, a menos de que sean autorizadas por el ministerio. Es decir que ni la Superintendencia de Notariado y Registro, ni las secretarias de tránsito podrán registrar ningún embargo sobre bienes de la FUSM.

 

-                     El levantamiento o la cancelación de gravámenes y embargos que afecten bienes de la institución decretados con anterioridad al 12 de febrero del 2015.

 

-                     Suspender los pagos de obligaciones causados hasta el 12 de febrero, a menos de que sean autorizados por ser necesarios para el restablecimiento del servicio educativo en condiciones de calidad, de acuerdo a la planeación del ministerio.

 

-                     Interrumpir el término de prescripción y la operancia de la caducidad de las acciones respecto de los créditos y obligaciones constituidos a favor de la FUSM que se hayan hecho exigibles antes del 12 de febrero. Es decir que se ordena la interrupción de los términos legales de las acciones que tiene la FUSM, para exigir el pago de sus acreencias.

 

-                     Todos los acreedores de la FUSM, incluidos los garantizados, quedaron sujetos a las medidas adoptadas en esta resolución, por lo cual, para ejercer sus derechos y hacer efectiva cualquier garantía frente a la fundación, tendrán que someterse a esta disposición.

 

Cabe recordar que la Ley 1740 hace más exigentes los procesos de inspección y vigilancia de la educación superior. La nueva regulación establece medidas preventivas y de vigilancia especial, cuando una institución presente anormalidad en la prestación del servicio o irregularidades en su funcionamiento.

 

(Ministerio de Educación, Resolución 1702, feb. 10/15)

 

Documento disponible para suscriptores de Legismóvil. Solicite un demo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)