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EXTRA: Tutela ordena recalificar las pruebas del más reciente concurso para jueces y magistrados

14 de Abril de 2016

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La tutela interpuesta por varios aspirantes a ocupar cargos de jueces y magistrados en la Rama Judicial concedió efectos inter comunnis a todos los participantes de la convocatoria No. 22, destinada al concurso de méritos para la provisión de cargos de funcionarios judiciales en todo el territorio nacional (Vea: Consejo de Estado declara legal el concurso de jueces y magistrados).

 

La petición se presentó ante la información según la cual la Unidad Administrativa de Carrera Judicial eliminó, por recomendación de la universidad a cargo de la creación del examen, la calificación de entre 5 y 7 preguntas por diferentes razones, como ausencia de posibilidad de respuesta, mala redacción o ambigüedad, entre otras.

 

Para el tribunal, la irregularidad presentada con las respuestas eliminadas no es irrelevante y resulta ser determinante para la clasificación a la siguiente etapa del concurso para un número considerable de personas. (Vea: 1.341 concursantes pasaron examen para ser jueces y magistrados: Consejo Superior).

 

Con la exclusión, las reglas de juego se modificaron estando en trámite el concurso y no antes, como es de rigor, afirma la providencia. En efecto, al no haberse tomado en consideración una serie de preguntas y ante todo de respuestas anuladas de la prueba de conocimientos (que variaron según la especialidad del cargo para cada uno de los concursantes) dentro de la convocatoria, después de haberse practicado la prueba de conocimientos, se vulneraron derechos fundamentales de los participantes.

 

Para la sala, resultó evidente que algunos de los concursantes, de haber dado respuesta acertada a las preguntas eliminadas en cada uno de los casos, podrían alcanzar o arribar al puntaje minino de 800, que se requería para superar esa etapa del concurso, de conformidad al valor de calificación que técnicamente se le ha dado a cada una de las preguntas y sus respectivas respuestas.

 

Además, el hermetismo con el que se calificó el examen y se resolvieron los recursos de reposición cuestionan la transparencia propia de un debido proceso frente a los concursantes, especialmente aquellos que obtuvieron un puntaje insatisfactorio, pues la eliminación de preguntas y sus respuestas no era una de las reglas de juego; todo lo contrario, constituye en sí misma una decisión arbitraria de las entidades accionadas, concluyó la providencia (M. P. Marino Cárdenas).

 

(Tribunal Superior de Medellín, Sentencia 5001220500020160021001, Abr. 12/16)

 

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