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Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Explican por qué juez es responsable disciplinariamente por irregularidades de sus colaboradores

15 de Julio de 2015

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El Consejo Superior de la Judicatura precisó que el juez debe valorar constantemente la conducta de los funcionarios de su despacho, como las de las partes, “para no permitir que se antepongan mezquinos intereses personales y ambiciones inicuas que dobleguen la recta impartición y administración de justicia”.

 

Explicó que en cualquier actividad en la que un grupo de personas comparta un objetivo común, como ocurre en los despachos judiciales, quien infiere previamente la posibilidad de que tenga lugar una conducta antijurídica sin hacer nada para evitarla, y esta llega a concretarse, se convierte también en responsable.

 

“Entonces, el deber objetivo de cuidado que le es inherente a la actividad jurisdiccional por parte del juez no se limita a la mera constatación del cumplimiento formal de los deberes cotidianos y rutinarios que le son propios, tanto a él, a sus subordinados y a las partes, sino especialmente a que todos los actos que se ejecuten por cada uno de ellos estén rigurosamente investidos de legalidad”, dice el fallo.

 

Con estos argumentos, la Sala sancionó a una juez que permitió que se ordenara el pago de un título judicial por más de $ 213 millones a una abogada, pese a que el poder de sustitución que presentó evidenciaba irregularidades relativas a la identificación del apoderado del demandante en un procesos ejecutivo laboral.

 

“(…) Ese deber de cuidado era el que se esperaba de ella, pues no se trataba de un intrascendente acto procesal, sino el pago del valor de las pretensiones de la demanda (…) debiéndole llamar la atención el hecho de que se hubiera sustituido el poder de representación judicial cuando ya en el proceso se había librado mandamiento de pago por la vía ejecutiva laboral”, sentenció.

 

(Consejo Superior Judicatura, Sentencia 11001110200020100484101, Mar. 18/2015, M. P. Angelino Lizcano).

 

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