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Excluyen de la profesión a abogado por venta fraudulenta de derechos sobre un bien

26 de Agosto de 2015

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El Consejo Superior de la Judicatura sancionó con la exclusión del ejercicio de la profesión a un abogado que protagonizó una venta fraudulenta, aprovechándose de la ignorancia de la supuesta clienta.

 

Así lo determinó la Sala Disciplinaria al sancionar a un jurista que se hizo pasar como representante de una entidad bancaria para cometer fraude en contra de una persona interesada en comprar los derechos sobre un bien objeto de litigio.

 

En el fallo se describe cómo el abogado intentó engañar a la administración de justicia al tratar de convencer al operador sobre la legalidad del acto de cesión de derechos, que en realidad era fraudulento, pues no representaba a la entidad bancaria demandante en ese proceso.

 

Así, dice, cometió una falta contra la recta y leal realización de la justicia y los fines del Estado, consistente en aconsejar, patrocinar o intervenir en actos fraudulentos, como la describe en el artículo 33 (numeral 9º) del Código Disciplinario del Abogado (Ley 1123 del 2007).

 

Sin embargo, fue absuelto por la supuesta falta a la dignidad de la profesión, consistente en actuar de mala fe en actuaciones propias de ella, contenida en el artículo 30 (numeral 4º).

 

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