General
Establecen requisitos para adelantar trámites ante organismos de tránsito
10 de Enero de 2013
El Ministerio de Transporte definió los procedimientos y determinó los requisitos para adelantar trámites asociados al registro nacional automotor, el registro nacional de remolques y semirremolques y el registro nacional de conductores.
De acuerdo con la norma, las personas naturales o jurídicas deberán estar inscritas en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), proceso que puede ser adelantado en cualquier organismo de tránsito o dirección territorial del ministerio y no genera costo alguno.
Además, el ministerio adoptó el formato único de solicitud de trámite para la realización de diligencias asociadas al registro nacional automotor y el registro nacional de remolques y semirremolques, que puede descargarse de manera gratuita desde su página web.
La entidad aclaró que el usuario podrá solicitar, en un mismo formato, diversos trámites de manera simultánea, siempre y cuando se relacionen con el mismo vehículo.
La norma también contempla los requisitos para la matrícula de vehículos, el traspaso de propiedad, el traslado y radicación de la matrícula, la cancelación de la matrícula, la rematrícula por recuperación en caso de hurto, la pérdida definitiva o desaparición documentada, el cambio de características de un vehículo, el duplicado de la licencia de tránsito o de la tarjeta de registro y de la placa de un vehículo, la renovación licencia de tránsito, entre otros trámites.
Sobre el traspaso de propiedad, establece que el organismo de tránsito deberá validar, a través del RUNT, que el vehículo cuente con el seguro obligatorio de accidentes de tránsito, la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, y que tanto el comprador como el vendedor estén a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
La nueva disposición deroga la Resolución 4775 del 2009, excepto los artículos 83 al 90 y 141 al 144.
(Ministerio de Transporte, Resolución 12379, dic. 28/12)
Opina, Comenta