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Esta es la demanda contra la Ley Zidres

08 de Marzo de 2016

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Varios congresistas y organizaciones campesinas demandaron por inconstitucional la Ley 1776 de 2016, que crea y desarrolla las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social, Zidres. (Lea: Gobierno aclara errores encontrados en la Ley Zidres)

 

La demanda ataca varios artículos de fondo, así como la totalidad de la ley por vicios de forma. Según lo sostienen los accionantes, la disposición acrecienta las desigualdades extremas que existen en Colombia para el acceso a la tierra.

 

En la misma línea, sostienen que si los baldíos se destinan de manera indefinida para proyectos productivos, las tierras no estarán disponibles para la población vulnerable, esto es, los campesinos, los trabajadores agrarios, mujeres rurales y jóvenes rurales.

 

En sus palabras, el artículo 2º de la ley crea condiciones jurídicas inmodificables para quienes sean los beneficiarios de estos proyectos. (Lea: Las Zidres: favorecimiento al empresariado y desprotección del campesino)

 

Vicios de forma

 

Por otro lado, de conformidad con los argumentos esgrimidos en la segunda sección de la demanda, se sintetiza que se desconocieron las reglas que fija la ley 5° de 1992 para el trámite legislativo y, como consecuencia, se aprobó dicha ley por fuera del marco constitucional.

 

Así mismo, enfatizan que se desconoció el derecho fundamental a la consulta previa de las comunidades indígenas y afrocolombianas durante el trámite legislativo de la mencionada disposición.

 

Finalmente, con esta acción pública de inconstitucionalidad se espera que en las próximos meses el máximo juez de la Carta Política defina el futuro jurídico de esta normativa en materia agrícola y desarrollo rural (demandantes: Alirio Uribe y otros).

 

Preguntas y respuestas de la ley de Zidres

 

Vale la pena recordar que, en el mes de enero, el Ejecutivo publicó un documento sobre lo que se debe saber de la nueva ley, lo cual puede leerse ahora como la primera defensa ante la demanda que afrontará ante el alto tribunal:

 

¿Qué son las Zidres?

 

Son territorios especiales aptos para la agricultura, la ganadería, la pesca o los desarrollos forestales, pero alejados de los centros urbanos, con baja densidad de población y limitada infraestructura. El Gobierno ha creado estas zonas que, por su naturaleza, demandan altas inversiones para que sean productivas, con el fin de desarrollar planes rurales integrales, fortalecer la sostenibilidad ambiental y fomentar el desarrollo económico y social de sus habitantes.

 

¿Cómo se identifican y delimitan?

 

El proceso de identificación estará a cargo de la Unidad de Planeación Rural y Agropecuaria (UPRA). La delimitación de las zonas será establecida por el Gobierno a través de un documento Conpes.

 

¿Cómo se constituyen?

 

Mediante decreto, el consejo de ministros aprobará la constitución de las mismas, una vez identificadas las áreas potenciales y su delimitación.

 

¿Cómo se puede hacer parte de una?

 

Es necesario presentar un proyecto productivo ante el Ministerio de Agricultura. El proyecto debe ser administrativa, financiera, jurídica y ambientalmente viable; debe garantizar la compra de la producción a precios del mercado; debe ser compatible con las políticas de seguridad alimentaria del país y debe ajustarse al ordenamiento territorial de la región donde sea implementado.

 

¿Existe algún tipo de acompañamiento para la presentación del proyecto productivo al pequeño y mediano productor?

 

Sí. La ley contempla que el pequeño y mediano productor que decida adelantar proyectos productivos contará con el apoyo técnico de las entidades prestadoras del servicio de asistencia técnica directa rural.

 

¿Qué tratamiento recibirán los bienes baldíos de la nación?

 

Para la ejecución de dichos proyectos productivos dentro de una Zidres se podrá solicitar al Gobierno la entrega en arriendo de bienes baldíos de la Nación. La duración de esta entrega se determinará según los ciclos productivos de los respectivos proyectos. La entrega de los baldíos dará lugar al pago de una contraprestación en dinero, que será destinada al Fondo de Desarrollo Rural, Económico e Inversión.

 

¿Es necesario desprenderse de la titularidad de la tierra para hacer parte?

 

No es necesario desprenderse de la titularidad de la tierra para hacer parte de Zidres. Los propietarios que no deseen desprenderse de su derecho de dominio podrán asociarse a los proyectos productivos.

 

¿Qué restricción contempla la ley?

 

No podrá haber Zidres en resguardos indígenas o zonas de reserva campesina debidamente establecidas por la entidad competente o en territorios colectivos titulados o en proceso de titulación de las comunidades negras. Tampoco podrán crearse en territorios que comprendan áreas declaradas y delimitadas como ecosistemas estratégicos, parques naturales, páramos y humedales.

 

¿Las comunidades étnicas no podrán hacer parte?

 

Los consejos comunitarios o las autoridades reconocidas legalmente como representantes de las zonas de reserva campesina y territorios colectivos titulados podrán, bajo expresa solicitud avalada por el Ministerio del Interior, solicitar al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural ser incluidos dentro de los procesos de producción establecidos para las Zidres. Esta posibilidad no aplica para las comunidades indígenas.

 

(Corte Constitucional, Demanda, Mar.04/2016 )

 

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