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EPS continúan negando servicios y medicamentos a personas vulnerables

24 de Octubre de 2014

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La Corte Constitucional le ordenó a la Superintendencia de Salud adelantar investigaciones administrativas sancionatorias contra diversas entidades prestadoras de salud (EPS) que negaron procedimientos, medicamentos e insumos, en especial pañales desechables, alegando que no fueron prescritos por el médico tratante, están excluidos del Plan Obligatorio de Salud o falta autorización del Comité Técnico Científico.

 

Aunque numerosos fallos exigen cubrir la prestación de los servicios de salud requeridos por la población vulnerable, como los niños, las personas en condición de discapacidad y los adultos mayores, esas entidades continúan negándolos, advirtió la sentencia de tutela. 

 

Igualmente, el alto tribunal llamó la atención a los jueces constitucionales de instancia, para que acaten, con disciplina y rigor, el precedente jurisprudencial en la materia, cuyo desconocimiento en las 10 decisiones revisadas desconcierta y preocupa, ya que afecta la protección real y oportuna de los derechos de esos sujetos de especial protección.

 

En efecto, la defensa de las garantías fundamentales compromete a los administradores de justicia a profundizar en el conocimiento de la normativa y la jurisprudencia aplicable en cada caso, con el fin de que profieran decisiones que se ajusten a la correcta interpretación de las reglas que inciden en su efectividad, concluyó la corporación.

 

El magistrado Luis Ernesto Vargas Silva presentó aclaración de voto.

 

(Corte Constitucional, Sent. T-266, abr. 30/14, M. P. Alberto Rojas)

 

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