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Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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En estos términos piden anular decreto de venta de Isagén

20 de Agosto de 2015

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Opositores a la venta de Isagén le pidieron al Consejo de Estado fijar jurisprudencia para casos en los que el Gobierno decide eliminar del presupuesto general de la Nación ingresos como los derivados de la participación accionaria de la Nación en empresas de esa envergadura (Vea En 30 días hábiles se presentaría ponencia del caso Isagén).

 

Según el alegato, se debe definir una postura frente a la obligatoriedad en la incorporación del criterio de sostenibilidad fiscal ante decisiones relacionadas con la venta de activos de esa magnitud que estén a nombre de la Nación.

 

El texto plantea que el Decreto 1609 del 2013, que da vía libre al proceso, es nulo por no tener en cuenta dicho principio, contenido en el artículo 334 de la Constitución, y la Ley 1473 de 2011, pues ignora la afectación negativa de los ingresos totales y estructurales de la Nación, generando iguales consecuencias perjudiciales en sus saldos fiscales totales y estructurales (Vea Para evitar ineficacia del juicio de legalidad sobre venta de Isagén, Consejo de Estado suspende subasta).

 

A juicio de los demandantes, la inobservancia del criterio de sostenibilidad fiscal también conduce a la incompetencia del Ministerio de Hacienda para diseñar el programa de enajenación, pues considera que esta facultad está aunada a esa condición y a que actúe en salvaguarda de los balances fiscales totales y estructurales (Vea Informes de la Dian sobre Isagén no serán estudiados en demanda contra su venta).

 

En su criterio, debe declarar nulos los decretos 1609 y 2316 del 2013 y 1512 del 2014 por sustracción de materia. Además, el escrito acusa al Gobierno de haber usurpado funciones del Legislativo por imponer restricciones a trabajadores y extrabajadores de Isagén para aspirar a la compra de acciones, a través de limitaciones no previstas en la Ley 226 de 1995.

 

Finalmente, se cuestiona la estructura para calcular el precio de las acciones, debido a que no se tuvo en cuenta la metodología de Rolling WACC, que “relaciona de manera interactiva los estados financieros correspondientes a Estado de Resultados, Balance General y Flujo de Fondos”.

Expediente 1001032600020140005400 (21025), 11001032400020130053400 (20946) y 11001032400020130050900 (21047), Ago. 19/2015

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