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El catolicismo es un elemento inescindible de la identidad nacional: Procuraduría
31 de Julio de 2014
“La religión católica es un elemento inescindible de la identidad nacional”. Así lo sostuvo la Procuraduría General de la Nación, al solicitar que la Corte Constitucional declare exequible la Ley 1710 del 2014, mediante la cual se le rinden honores a la madre Laura Montoya.
El Ministerio Público precisó que aunque las decisiones políticas no deben estar a cargo de las autoridades religiosas, es imposible relegar prácticas propias de los credos al ámbito eminentemente privado, dado el fundamental papel que estos han jugado en la formación de los Estados.
A su juicio, varios principios constitucionales encuentran sus raíces en el catolicismo. Además, “buena parte de las decisiones más importantes del constituyente en Colombia, encajan dentro de la cosmovisión cristiana”, afirma.
El documento también se refiere a decisiones administrativas y judiciales que reflejan la incidencia de las creencias cristianas en las labores de Estado en Noruega, Perú y EE UU, por ejemplo.
Así mismo, sostiene que, independientemente del credo que profesara la madre Laura, su labor social con los más desfavorecidos lleva a que pueda ser reconocida, dentro de las potestades que tiene el Congreso para exaltar y rendir homenaje a quienes prestan sus servicios a la patria.
En opinión de la Procuraduría, calificar como inconstitucional una creencia, idea o norma por el solo hecho de tener un contenido religioso es una discriminación.
Igualmente, sostiene que deslindar o desarraigar una creencia religiosa que ha sido determinante para la construcción de la identidad de un país no solo es imposible, sino inconstitucional, porque supone relegarla a un ámbito exclusivamente privado.
“La norma demandada no quebranta los principios de pluralismo y neutralidad religiosa, ni desconoce los derechos a la igualdad y a la libertad de religión, porque está permitido al Congreso decretar honores a los ciudadanos, y algunas virtudes humanas de la Madre Laura la hacen merecedora de tal exaltación”, agrega el concepto.
Finalmente, aclara que no todos los colombianos tienen que admirar u honrar a una persona que es sujeto de una ley de honores, pues además de imposible, equivaldría a restringir desproporcionadamente el principio democrático, pues supondría que la mayoría (o los representantes del pueblo) no puede honrar a los ciudadanos que considera ejemplares por el solo hecho de que una minoría no está de acuerdo.
(Procuraduría General de la Nación, Concepto (D-10226), jul. 17/14)
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